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Laboral2026-07-19

Cómo calcular tu finiquito exacto en 2026 (con ejemplos)

Finiquito paso a paso: salario del mes en curso, vacaciones no disfrutadas y pagas extra devengadas. Ejemplos numéricos y calculadora exacta al céntimo.

El finiquito es el documento que liquida todo lo que la empresa te debe cuando termina la relación laboral: despido, baja voluntaria, fin de contrato o jubilación. Da igual el motivo: el finiquito siempre se cobra. Aquí aprenderás a calcularlo al céntimo y a detectar cuándo te están pagando de menos.

Qué incluye el finiquito (y qué no)

El finiquito suma tres conceptos — y solo tres:

  1. Salario de los días trabajados del mes en curso
  2. Vacaciones generadas y no disfrutadas
  3. Pagas extraordinarias devengadas y no cobradas (si no las cobras prorrateadas)

No incluye la indemnización por despido (20/33 días): eso es un concepto distinto que se paga aparte. Si te despiden, te corresponde finiquito + (según el caso) indemnización.

Concepto 1: salario del mes en curso

Por convenio general se computa el mes de 30 días:

Salario mensual ÷ 30 × días trabajados del mes

Ejemplo: 1.800 €/mes, sales el día 12 → 1.800 ÷ 30 × 12 = 720 €.

Concepto 2: vacaciones no disfrutadas

Generas 30 días naturales de vacaciones por año trabajado (2,5 días por mes), salvo convenio más favorable. Se calculan por días del año transcurridos y se restan los ya disfrutados:

(Días del año trabajados × 30 ÷ 365) − días disfrutados = días pendientes
Días pendientes × salario diario (bruto anual ÷ 365)

Ejemplo: sales el 30 de junio (día 181), no has cogido vacaciones, cobras 21.000 €/año → 181 × 30/365 = 14,88 días × 57,53 € = 855,92 €.

Concepto 3: pagas extra devengadas

Si cobras 14 pagas, cada paga extra se devenga (se genera) durante un semestre o un año según convenio. Con devengo semestral típico:

  • Paga de verano: se devenga del 1 de enero al 30 de junio (181 días)
  • Paga de navidad: del 1 de julio al 31 de diciembre (184 días)

Ejemplo: sales el 31 de marzo con pagas semestrales de 1.500 € → has devengado 90 de los 181 días de la paga de verano: 1.500 × 90/181 = 745,86 € (la de navidad ya la cobraste en diciembre).

Si tus extras están prorrateadas en 12 mensualidades, este concepto es cero: ya las cobras cada mes.

Ejemplo completo, número a número

María, 1.500 €/mes en 14 pagas (21.000 €/año), sale el 30 de junio habiendo disfrutado 0 días de vacaciones:

ConceptoCálculoImporte
Mes en curso1.500 ÷ 30 × 301.500,00 €
Vacaciones14,88 días × 57,53 €855,92 €
Paga de verano1.500 × 181/1811.500,00 €
Total finiquito3.855,92 €

Haz tu propio cálculo exacto con la calculadora de finiquito de AbogadoAI: contempla 12/14 pagas, vacaciones parciales y devengo semestral.

La firma: el momento delicado

El finiquito es saldo y finiquito: firmarlo "conforme" cierra cualquier reclamación posterior de esas cantidades.

  • Si no cuadra, firma "recibido, no conforme": cobras ya y conservas el derecho a reclamar la diferencia.
  • Plazo para reclamar cantidades: 1 año (art. 59.1 ET). Es un año natural, pero no lo dejes pudrir.
  • La empresa debe darte el finiquito junto con la carta de despido o en la baja. Si no lo paga, reclamable con intereses del 10% anual.

Finiquito en baja voluntaria y fin de contrato

Baja voluntaria: finiquito completo (no hay indemnización, lógicamente). Si la empresa te presiona para firmar una baja voluntaria siendo un despido encubierto: documenta todo y consulta antes de firmar.

Fin de contrato temporal: finiquito más indemnización de 12 días por año (contratos por circunstancias de la producción; antes de 2022, 8-12 días según tipo).

Los 4 errores que más comete la empresa

  • Computar el salario base en vez del salario real: tu base de cálculo incluye TODOS los conceptos salariales (pluses salariales, extras prorrateadas), no solo el base de nómina.
  • Olvidar la paga de beneficios o incentivos anuales: si tu convenio o contrato la incluye como salarial, también se devenga día a día.
  • Redondear las vacaciones a la baja: 14,88 días son 14,88 días; no 14 ni "dos semanas".
  • No incluir el tiempo de excedencia o reducción correctamente en la antigüedad que genera derechos.

Si no te pagan el finiquito

La empresa incumple si no entrega el finiquito junto con la extinción. Tus cartas:

  1. Reclamación fehaciente (burofax) con el desglose de lo adeudado.
  2. Intereses de demora: la jurisprudencia fija un recargo del 10% anual sobre los salarios atrasados.
  3. Papeleta de conciliación SMAC y, si no pagan, demanda de reclamación de cantidad (plazo: 1 año).

En la práctica, un burofax con cifras exactas desbloquea la mayoría de los impagos en semanas.

Tu convenio puede mejorar el mínimo

Todo lo de esta guía es el mínimo legal. Los convenios colectivos suelen mejorar: más días de vacaciones, pagas extra adicionales, devengo anual en vez de semestral, meses naturales en vez de meses de 30 días. Localiza tu convenio (aparece en tu nómina, apartado "datos de la empresa") antes de discutir cifras — y si tu convenio te da más, manda él.

Finiquito e indemnización: dos cheques distintos

Insistimos porque es la confusión número 1: el finiquito liquida lo ya trabajado (siempre se cobra) y la indemnización compensa la pérdida del empleo (solo en ciertos despidos). Si te despiden improcedentemente te corresponden ambos: finiquito por esta guía + 33 días/año por la calculadora de despido. Firmar el finiquito no extingue tu derecho a reclamar la indemnización — son documentos independientes. Y si tu despido tiene mala pinta, el camino es el de siempre: firma "no conforme", calcula ambos importes y consulta gratis con el agente laboralista antes de que corran tus 20 días.

El año de la contratación también prorratea

Si te contrataron en marzo y sales en septiembre del mismo año, no generas 30 días de vacaciones: generas los proporcionales desde tu alta (unos 17,5 días por 7 meses). El error simétrico al de las empresas es el del trabajador que espera el año completo. La fórmula no cambia — días del año trabajados × 30 ÷ 365 — pero el punto de partida es tu alta, no el 1 de enero, si entraste este año. En años posteriores, se cuenta completo desde enero.

Preguntas frecuentes sobre el finiquito

¿Me corresponde finiquito si me despiden disciplinariamente?

Sí. El finiquito (mes en curso, vacaciones, pagas extra) se cobra siempre, sea cual sea la causa de la extinción. Lo que no hay en un disciplinario procedente es indemnización.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar el finiquito?

Un año desde que debió pagarse (art. 59.1 del Estatuto de los Trabajadores). Transcurrido ese plazo, prescribe.

¿Qué pasa si firmo el finiquito "conforme"?

Das por liquidadas esas cantidades: no podrás reclamarlas después. Si no estás de acuerdo, firma "recibido, no conforme" y reclama dentro del año.

¿Las vacaciones del año se pagan completas si salgo en junio?

No: se devengan proporcionalmente (30 días por año completo). Si sales el 30 de junio has generado ~14,9 días, y se descuentan los que ya hayas disfrutado.

¿El finiquito tributa?

Sí, tributa como rendimiento del trabajo (a diferencia de la indemnización por despido improcedente, exenta hasta 180.000 €).

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