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Civil2026-07-19

Cómo reclamar una deuda: del burofax al juicio monitorio

Guía para cobrar lo que te deben: requerimiento fehaciente por burofax, proceso monitorio sin abogado hasta 2.000 €, juicio verbal, prescripción y costes.

Alguien te debe dinero — una factura, un alquiler, un préstamo entre particulares — y no paga. La vía legal existe y es más accesible de lo que crees, pero el orden importa: empezar bien ahorra meses. Esta es la escalera correcta, peldaño a peldaño.

Peldaño 1: el requerimiento fehaciente (burofax)

Antes de demandar, requiere el pago por escrito y con prueba: el burofax con acuse de recibo y certificación de contenido es la herramienta estándar (20-60 € en Correos). ¿Por qué es casi obligatorio en la práctica?

  • Deja constancia legal de la deuda, el importe y el plazo dado — prueba de oro en juicio.
  • Interrumpe la prescripción de la deuda (5 años, art. 1964 CC).
  • Intereses de demora: desde el requerimiento el deudor está en mora.
  • Sorprendentemente a menudo, el deudor paga al recibirlo: un burofax formal señala que vas en serio.

Contenido mínimo: identificación de ambos, origen de la deuda (contrato, facturas), importe exacto con desglose, plazo para pagar (10-15 días) y advertencia de acciones judiciales.

Peldaño 2: el proceso monitorio (el atajo judicial)

El juicio monitorio (arts. 812-818 LEC) es la vía rápida para deudas dinerarias, líquidas, vencidas y documentadas (contratos, facturas, recibos, burofax, correos):

  1. Presentas la petición inicial con la documentación en el juzgado del domicilio del deudor. Hasta 2.000 € no necesitas abogado ni procurador.
  2. El juzgado requiere al deudor: 20 días para pagar u oponerse.
  3. Si no se opone: se dicta resolución de ejecución directamente → puedes embargar.
  4. Si se opone: el asunto pasa a juicio (verbal u ordinario según cuantía), pero ya tienes la deuda formalmente reclamada.
  5. Costas: si el deudor paga tras el requerimiento sin oponerse, soporta las costas.

Es el procedimiento estrella para autónomos y pymes: muchos monitorios acaban en pago sin llegar a juicio.

Peldaño 3: juicio verbal u ordinario

  • Juicio verbal: hasta 6.000 €. Rápido, una sola vista; abogado no preceptivo hasta 2.000 €.
  • Juicio ordinario: más de 6.000 €. Abogado y procurador obligatorios; más largo, pero para cantidades serias es la vía.

Con sentencia o resolución firme a tu favor: ejecución — embargo de cuentas, nóminas, bienes. El juzgado localiza los activos del deudor (punto neutro judicial).

Errores que te dejan sin cobrar

  • Dejar prescribir la deuda: 5 años desde que es exigible (menos en algunos contratos: alquileres, 5 años; suministros, 5 años tras la reforma — revisa tu caso). Cada burofax la interrumpe y reinicia el reloj.
  • Reclamar sin documentos: sin factura, contrato o justificante, el monitorio fracasa. Guarda todo desde el primer euro.
  • Amenazar o presionar irregularmente: las vías de hecho (insultos, escraches, llamadas a terceros) pueden volverse contra ti. El burofax y el juzgado, nada más.
  • Aceptar pagarés de palabra: un reconocimiento de deuda por escrito y firmado vale oro (es título ejecutivo directo, art. 517 LEC).

Cuánto cuesta reclamar

Burofax: 20-60 €. Monitorio: tasas (~50-150 € según cuantía; exenciones para consumidores en muchos casos) más abogado/procurador si la cuantía los exige. En la práctica, para deudas de miles de euros la inversión es modesta frente a dejarlo perder — y si ganas, las costas las paga el deudor.

¿No sabes si tu deuda es reclamable o ha prescrito? Pregunta gratis a nuestro agente IA con los datos de tu caso: te dirá la vía concreta, el plazo que te queda y el texto del burofax que debes enviar.

Modelo de burofax (adáptalo a tu caso)

[Tu nombre/NIF], con domicilio en [dirección]
A la atención de [deudor/empresa], [dirección]


Por medio del presente escrito, le REQUIERO FEHACIENTEMENTE el pago de la cantidad de [importe exacto] €, correspondiente a [origen: facturas nº XX de fecha XX / contrato de XX / préstamo de fecha XX], vencidas y no satisfechas a día de hoy.


Le concedo un plazo de diez (10) días naturales desde la recepción de este requerimiento para hacer efectivo el pago, advirtiéndole de que, transcurrido el mismo sin resultado, interpondré las acciones judiciales oportunas (proceso monitorio) con reclamación de principal, intereses de demora y costas a su cargo.


En [ciudad], a [fecha]. Firmado:

Envíalo con acuse de recibo y certificación de contenido (la certificación es la que acredita QUÉ decía el burofax, no solo que llegó). Guarda la copia sellada: es tu prueba número 1 en el juzgado. Si prefieres una estructura ya resuelta, nuestra carta de reclamación la genera guiada con estos mismos bloques.

¿Y si la deuda es con una administración o un banco?

Cambian las reglas: frente a la Seguridad Social o Hacienda hay procedimientos administrativos específicos con sus propios plazos y recargos; frente a bancos, las cláusulas abusivas abren vías de reclamación distintas. Si tu deudor —o acreedor— es una administración, consulta primero: los atajos civiles no aplican.

El monitorio, número a número

Para una factura impagada de 3.000 €: tasas ~150 €, abogado y procurador necesarios (supera 2.000 €), honorarios orientativos 400-800 €. Tiempo: si el deudor no se opone, resolución ejecutiva en 2-4 meses; si se opone, juicio verbal posterior (6-12 meses más). Si ganas, las costas las asume el deudor. Moraleja: para deudas recurrentes de tu negocio, el monitorio no es un gasto — es infraestructura de cobro. Y para casos concretos, nuestro agente IA te calcula vía, plazos y costes esperados antes de mover ficha.

Deudas entre empresas: la Ley de Morosidad juega a tu favor

Si eres autónomo o pyme y tu deudor es otra empresa, la Ley 15/2010 de Morosidad te regala dos armas: interés de demora automático (el legal + 8 puntos, sin necesidad de requerimiento previo) y reclamo de los costes de cobro (mínimo 40 € por factura, más lo que acredites). El plazo legal de pago entre empresas es 30 días salvo pacto (máx. 60). Muchas facturas "en espera" se pagan en cuanto el deudor ve calculado el recargo en un burofax formal — y si eres proveedor habitual, incorpora la cláusula de morosidad en tus condiciones generales desde la próxima factura: prevenir aquí es gratis, y disuade mejor que cualquier llamada.

Preguntas frecuentes sobre reclamar deudas

¿Cuánto tarda en prescribir una deuda entre particulares?

Cinco años desde que se pudo exigir el pago (art. 1964 del Código Civil). Un requerimiento fehaciente (burofax) interrumpe el plazo y lo reinicia.

¿Necesito abogado para reclamar una deuda?

No hasta 2.000 € (puedes presentar el monitorio tú mismo). En juicio verbal (hasta 6.000 €) tampoco es preceptivo, aunque sí recomendable; por encima, abogado y procurador obligatorios.

¿Qué es un proceso monitorio?

Un procedimiento judicial rápido para deudas documentadas: el juzgado requiere al deudor y, si no se opone en 20 días, autoriza la ejecución (embargo) sin juicio.

¿Puedo reclamar intereses además del capital?

Sí: desde que el deudor entra en mora (normalmente desde tu requerimiento), al interés legal del dinero o al pactado en el contrato.

¿Y si el deudor no tiene bienes ni nómina?

El juzgado investiga su patrimonio (punto neutro). Si hoy es insolvente, la sentencia persiste: podrás ejecutar cuando tenga bienes, durante años, y la deuda judicial no prescribe fácilmente.

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